La
Secretaría Distrital de Movilidad llama la atención a las empresas de alquiler
de patinetas que operan en Bogotá, reiterando que el parqueo de estas en el
espacio público está prohibido y que dicha conducta será sancionada con multas
a los operadores y la inmovilización de los vehículos.
Las
prohibiciones contenidas en el Código Nacional de Tránsito se refieren
principalmente a:
No
parquear en andenes, zonas verdes o zonas para peatones.
No
parquear en antejardines.
No
parquear en vías arterias, ciclorrutas ni paraderos del SITP.
La Circular 006 hace recomendaciones de
seguridad vial para los usuarios de patinetas, tales como:
Transitar
a una velocidad menor o igual a 20 km/h.
Transitar
por las ciclorrutas.
Usar
el casco abrochado y ajustado.
No
transitar por los andenes.
No
transitar por avenidas o vías arterias.
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