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jueves, abril 25, 2019

Controles a parqueadero de patinetas


La Secretaría Distrital de Movilidad llama la atención a las empresas de alquiler de patinetas que operan en Bogotá, reiterando que el parqueo de estas en el espacio público está prohibido y que dicha conducta será sancionada con multas a los operadores y la inmovilización de los vehículos.

Las prohibiciones contenidas en el Código Nacional de Tránsito se refieren principalmente a:

No parquear en andenes, zonas verdes o zonas para peatones.
No parquear en antejardines.
No parquear en vías arterias, ciclorrutas ni paraderos del SITP.

 La Circular 006 hace recomendaciones de seguridad vial para los usuarios de patinetas, tales como:

Transitar a una velocidad menor o igual a 20 km/h.
Transitar por las ciclorrutas.
Usar el casco abrochado y ajustado.
No transitar por los andenes.
No transitar por avenidas o vías arterias.

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